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IGJ. Nuevos cambios normativos: Garantía de los Directores y Gerentes.


Continuando con las novedades más relevantes a tener en cuenta introducidas a través de la R.G. (IGJ) Nº 9/15 en la resolución madre de la Inspección General de Justicia -R.G. (AFIP) Nº 7/15-, debe considerarse que frente al asombro que había impuesto el Art. 76 de dicha norma a las empresas inscriptas en Capital Federal, estableciendo que la garantía de los administradores de sociedades debía ser equivalente al 60% del capital social en forma conjunta por todos los directores, llegando a sumas siderales en sociedades con montos elevados de capital; la IGJ ha morigerado el criterio fijando tope por cada Administrador. Por medio de la R.G. (IGJ) Nº 9/15-, el principio general se mantiene: por todos los Directores o Gerentes designados, la garantía debe cubrir el 60% del capital, pero con una base mínima de $10.000.- y un tope $50.000.- por cada Director o Gerente.

Fuente: L & L Asociados.

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