GANANCIAS: Vence el plazo para informar el F 572 y reducir el impacto en el impuesto del 2016.
El próximo 31 de enero vence el plazo para que los empleados informen a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) las deducciones que pueden computar en el Impuesto a las Ganancias y reducir así la carga del gravamen.
Ocurre que los datos cargados en la base del organismo de recaudación son los que tienen en cuenta los empleadores a la hora de calcular la retención que realizarán cada mes a sus dependientes. En concreto, aquellos empleados que estén alcanzados por el gravamen deberán completar elformulario contenido en el "Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias" (SIRADIG).
En el portal de la AFIP se informó que el F.572 electrónico es de uso obligatorio cuando se verifique cualquiera de los siguientes supuestos:
• Que la remuneración bruta correspondiente al año calendario inmediato anterior al que se declara sea igual o superior a 250.000 pesos. • Que el año a considerar para la determinación sea el del inicio de la relación laboral y no sehubieran abonado remuneraciones por los 12 meses correspondientes. A los fines de establecer si en el período siguiente corresponderá utilizar el referido servicio, deberá considerarse la remuneración bruta mensual pactada y proyectarla a todo el año calendario. En caso de "pluriempleo", el beneficiario tendrá que considerar la suma total de las remuneraciones brutas correspondientes a sus distintos empleos. • Cuando se computen como pago a cuenta del gravamen las percepciones que les hubieren practicado durante el período fiscal que se liquida, por compras en el exterior con tarjeta de crédito. • Cuando el empleador por razones administrativas así lo determine.
Fuente. Iprofesional
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